• Desde ahora se deben aplicar las modificaciones dispuestas en la Resolución 2614 de 2022 para las obligaciones de Junta de Programación, Derechos de Autor y Manual de Estilo.

Buscando una mayor facilidad y eficiencia en el cumplimiento de algunas de las obligaciones que tienen las emisoras comerciales, de interés público, comunitarias y comunitarias étnicas ante el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en enero de 2023 entraron en vigencia cambios en el suministro de información relacionada con la Junta de Programación, Derechos de autor y Manual de Estilo. Estos cambios fueron introducidos en la Resolución 2614 de 2022.

«El principal cambio es que los concesionarios ya no deben enviar estos documentos al MinTIC anualmente, pero sí deben mantenerlos a disposición de la entidad y enviarlos cuando lo solicitemos para poder ejercer nuestras funciones de inspección, vigilancia y control. Con esto no solo cumplimos la ley, sino que mejoramos los procesos de las emisoras del país«, explicó la ministra TIC Sandra Milena Urrutia.

La Resolución, expedida el año pasado, actualizó el reglamento del servicio de radiodifusión sonora. Los cambios que entran en vigencia hacen referencia a la forma en que las emisoras comerciales, de interés público, comunitarias y comunitarias étnicas, según sea el caso, deben tener disponibles los documentos y soportes relacionados con estas obligaciones de ahora en adelante.

Las obligaciones que cambian son en la Junta de Programación, Derechos de autor y Manual de Estilo. Las emisoras ya no deberán enviar anualmente estos documentos al Ministerio TIC pero sí deben tenerlos a disposición de la entidad y enviarlos cuando les sean solicitados.

Además, cada proceso tiene sus particularidades:

  • Junta de Programación: ya no es obligación enviar el acta de conformación cada año sino que se debe mantener a disposición del Ministerio TIC y remitirla junto con un informe de su gestión, cuando le sea solicitada. En caso de actualización de los miembros de la Junta, esto se deberá reportar al Ministerio dentro del mes siguiente.
  • Manual de Estilo: ya no se debe enviar anualmente una copia del Manual de Estilo. Sin embargo, las emisoras deben tenerlo listo, en caso de que sea requerido por el Ministerio, junto con el soporte de la divulgación al público a través de publicación en sitio web y/o de la grabación de la transmisión radial. Estos deberán ser remitidos a MinTIC solo en caso de ser solicitados.
  • Derechos de Autor: no es necesario enviar los soportes de paz y salvo de derechos de autor. Las autorizaciones para la ejecución pública de obras protegidas y los comprobantes de pago se deben mantener vigentes y a disposición del Ministerio y enviarlos solo cuando se soliciten.

Los interesados en profundizar esta información pueden entrar a https://normograma.mintic.gov.co/mintic/docs/resolucion_mintic_2614_2022.htm